Es verdad que es una obligación de todos los mexicanos pagar impuestos y en ese sentido esta colaboración no pretende invitarlo a que deje de hacerlo.
Pero también es verdad que para estar obligados a pagar impuestos, estos deben respetar los principios que marca la Constitución Federal (artículo 31, fracción IV), pues de lo contrario se nos estaría obligando a pagar un impuesto inconstitucional.
De los impuestos más cuestionados tenemos el Predial (el que pagamos por el hecho de ser propietarios de un inmueble) el cual, al menos en lo que se refiere al municipio de Mazatlán, Sinaloa, ha sido declarado inconstitucional en varios juicios de amparo que nuestro despacho de abogados ha manejado (el primero de ellos desde 1988), tanto por lo que se refiere al impuesto predial “urbano”, como al impuesto predial “rústico”, en los que cobran con base en su “producción”.
Así que, contestando la pregunta que encabeza esta colaboración, usted puede defenderse de un cobro ilegal del impuesto predial mediante un juicio de amparo, siempre y cuando llene ciertos requisitos necesarios para que pueda presentar la demanda y obtener sentencia a su favor.
Hay muchas situaciones diferentes en lo que se refiere al impuesto predial y, dependiendo en cual se encuentre usted, la vía de defensa será el amparo o un juicio ante un Tribunal Administrativo local.
No en todos los casos se gana el amparo, pero si en un gran número de ellos, cuando se cuenta con un buen despacho de abogados con por lo menos 15 años de experiencia en este tipo de juicios, quien le dirá, desde su inicio, si usted tiene o no probabilidades de éxito o si no procede el amparo.
Pagar impuestos es nuestro deber, pero solo si se trata de impuestos que se ajusten a la Constitución Federal, si en su caso no es así, tiene el derecho de defenderse y de usted depende si quiere usarlo.