Creación de Juicios Orales en Materia Mercantil

El 27 de Enero de 2011, nuestros legisladores hicieron una serie de modificaciones al Código de Comercio, entre las que se encuentra, la creación de los juicios orales en materia mercantil en todos aquellos asuntos en los que se reclame no exceda de $ 220,533.48 (Doscientos Veinte Mil Quinientos Treinta y Tres Pesos 48/100 M.N.).
Uno de los principales objetivos de este tipo de juicios es agilizar su trámite, ya que como sabemos, nuestro sistema de justicia no se caracteriza precisamente por ser rápido.
Así, con ese objetivo en mente, por la misma naturaleza de los juicios orales, las partes tienen plazos más cortos para llevar a cabo ciertos actos, que anteriormente hacían que el juicio se retrasara por mucho tiempo y en algunas ocasiones de manera indefinida, además de que, muchos de esos actos deberán de hacerlos valer en las mismas audiencias y siempre de forma verbal, eliminando en gran medida la lenta administración de justicia por la vía escrita.
Otra de las cosas que resalta de la creación de estos juicios, es que obligará a los abogados litigantes y a los tribunales, a capacitarse para ser mejores y poder responder con eficacia al ritmo que se desarrollan este tipo de juicios.
Por ejemplo, los abogados litigantes tendrán que desenvolverse bien y eficazmente en las audiencias, quedando en evidencia aquellos que no se preparen debidamente, quienes seguramente serán “destrozados” por los abogados bien preparados y capaces.
Por ello, es recomendable que se fije bien en que Abogado va a contratar para que le atienda un juicio oral, no vaya a ser que le toque alguien que no esté preparado y que a final de cuentas su juicio se pierda por negligencia de su abogado o porque no tuvo la capacidad de responder eficientemente a esta nueva forma de administrar justicia.
Por: Daniel Eduardo Tenorio Arce, Socio de Bufete Álvarez y Asociados, S.C.
Revista Élite Sinaloa, Mayo de 2011. Pág. 22.
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