Como lo hemos dicho en otras colaboraciones, comprar casa puede ser la realización de un sueño o… su peor pesadilla. Todo depende de a quien le compre y cómo lo compre.
Seguramente hemos escuchado historias de horror de personas que compraron sus casas solo para darse cuenta que a los pocos meses de entregada empezaban a aparecerles algunos defectos (filtraciones de agua, desprendimiento de pintura, fallas en la tubería de agua y drenaje, etc.).
Frente a tales defectos los afectados tenían dos opciones: a) Acudir a la Profeco (que en la práctica era perder el tiempo), o b) Demandar (para lo cual tenía que pagarle a un abogado).
Desafortunadamente, cuando elegían la opción b), no pocas veces se encontraban con que ¡ya no tenían derecho a demandar! Porque había transcurrido el plazo que la ley les otorgaba para hacerlo, el cual era relativamente corto.
Por fortuna, recientes reformas a la Ley Federal de Protección al Consumidor han extendido el tiempo durante el cual se puede hacer valer los derechos derivados de las "garantías" que están obligados a respetar aquellos proveedores que se dediquen a vender inmuebles (léase fraccionamientos o condominios).
Así, la referida garantía ahora no puede ser menor a cinco años para cuestiones estructurales, tres años para impermeabilización, y en los demás elementos la garantía mínima será de un año; todos estos plazos contados a partir de la entrega real del bien (asegúrese de contar con un acta de entrega real de su casa donde aparezca la fecha de entrega).
Igualmente se mantiene vigente el derecho de que en el tiempo en que dure la garantía, el proveedor realizará sin costo alguno para el consumidor, cualquier acto tendiente a la reparación de los defectos o fallas presentadas por el bien objeto del contrato.
Por lo tanto, tome nota de estos cambios que entraran en vigor a partir de hoy 19 de enero de 2012, pues estos le benefician si piensa comprar casa, para que no tenga que terminar "En Tribunales" y se encuentre con la desagradable sorpresa de que su derecho a hacer efectiva la garantía, ya se perdió.
Por: David Cristóbal Álvarez Bernal, Socio Director de Bufete Álvarez y Asociados, S.C.
Columna en Tribunales. Periódico Noroeste. 19 ene 2012. Disponible
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