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El riesgo de comprar terrenos agrarios

El riesgo de comprar terrenos agrarios
Muchas personas piensan que las enajenaciones o cesiones de derechos parcelarios sobre un terreno sujeto al régimen agrario -comunal o ejidal-, son fáciles y sobre todo lo consideran una ganga por su bajo precio, sin embargo, la mayoría de las personas que adquieren dichos derechos, en poco tiempo terminan perdiéndolos junto con el dinero que pagaron por ellos.

Una de las principales causas que origina lo anterior, es que las personas desconocen el procedimiento y requisitos que se deben cumplir al momento de adquirir los derechos parcelarios.

En ese sentido, para considerar como válida una venta o cesión de derechos que involucren terrenos agrarios, tenemos que estas tienen que cumplir con los requisitos esenciales que marca la Ley Agraria, pues de lo contrario dichos actos serán considerados nulos.

Los requisitos que los compradores deben cuidar y revisar al momento de adquirir derechos parcelarios son los siguientes:

En cuanto a Ejidos:
  • Que el ejidatario que enajene sus derechos sea el titular de los derechos parcelarios.
  • El ejidatario únicamente puede vender o enajenar sus derechos a otro ejidatario o avecindado –reconocido ante asamblea ejidal o Tribunal Agrario-.
  • Que la enajenación se realice mediante un contrato firmando ante dos testigos.
  • Que se le dé aviso al Registro Agrario Nacional.
  • Que en la venta se le respete el derecho del tanto al conyugue e hijos del enajenante.

En cuanto a Comunidad:
  • Que el comunero que ceda sus derechos sea el titular de los derechos parcelarios.
  • Que la persona a quien ceda esos derechos sea familiar del cedente o avecindado de la comunidad.
  • Que la cesión se realice mediante contrato firmando ante dos testigos.
  • Que se le dé aviso al Registro Agrario Nacional.
  • Que en la cesión se respete el derecho del tanto al conyugue e hijos del cedente.

Es importante dejar en claro, que en caso de que no se cumplan cualquiera de los requisitos mencionados anteriormente, la consecuencia legal es que la venta o cesión que sea sometida a un juicio, indiscutiblemente será declarada por el Tribunal Agrario como nula.

Cabe señalar que hay ejidatarios o comuneros que se la ingenian para timar a personas que de buena fe llevan a cabo enajenaciones o cesiones sobre los derechos de sus parcelas, omitiendo maliciosamente los requisitos  mencionados, con el único fin de quitarles en poco tiempo su dinero y los derechos de la parcela.

En ese sentido, antes de llevar a cabo una enajenación o cesión sobre un terreno agrario, le sugerimos se acerque a un especialista en derecho agrario –abogado-, para reducir los posibles problemas legales que se le puedan presentar en un futuro derivado de la adquisición de los derechos parcelarios.
Por último, como especialistas en derecho agrario ponemos a su disposición los servicios legales de nuestra Firma, los cuales le brindaran a usted paz y tranquilidad, al no poner en riesgo su patrimonio.

¡Nosotros podemos servirle!
 
Por Iván de Jesús López Aguayo, Socio de Bufete Álvarez y Asociados
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