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En Tribunales: Como controlar los fraudes inmobiliarios

En Tribunales: Como controlar los fraudes inmobiliarios
No es nuevo que en los tribunales locales se ventilen casos relacionados con ventas fraudulentas de desarrollos inmobiliarios, sobre todo condominios, en donde regularmente los afectados son extranjeros, que casi siempre terminan perdiendo su dinero y perdiendo la confianza en nuestro país.

Se han escuchado muchas voces proponiendo diversas medidas para evitar esos fraudes, algunas acertadas y otras no tanto y para aportar a ese esfuerzo, van nuestros comentarios:

  1. Ese tipo de fraudes se dan, en su mayoría, en las famosas “pre-ventas”, es decir, desarrollos inmobiliarios que solo cuentan con una maqueta o una casa o condominio de muestra y cuya terminación exitosa del proyecto depende del dinero fresco que reciba el desarrollador por las “pre-ventas”. Si no hay dinero fresco y no hay créditos que lo sustituyan (regularmente no existen esos créditos) sencillamente no se termina de construir nunca el desarrollo y los “compradores” pierden su inversión.
  2. Las “pre-ventas” están reguladas en una Norma Oficial Mexicana (NOM) que parece que no existiera, pues si se aplicara por quien corresponde (PROFECO) evitaría muchos de estos fraudes. Simplemente los “servidores públicos” que tienen a su cargo su aplicación, pueden ponerse a leer los diarios locales o darse sus vueltas por la ciudad, para enterarse de que desarrollos inmobiliarios se están llevando a cabo con este esquema de “pre-venta” y verificar que cumplan con la NOM correspondiente. Y si no la cumplen sencillamente ¡¡lo clausuran!!
  3. Pero el Gobierno Municipal puede hacer mucho en este sentido ya que, es el encargado de aprobar esos proyectos y asegurarse de que reúnen todos los requisitos legales correspondientes. Si el Ayuntamiento hiciera su chamba (por lo menos el trienio pasado no la hizo, pues estaba más interesado en aprobar proyectos para salir en la “foto” poniendo la primera piedra, que en asegurarse que se reunieran los requisitos legales), en primer lugar se aseguraría de que los proyectos respetan el Reglamento de Construcción y los Planes de Desarrollo Urbano correspondiente, sobre todo en lo que se conoce como “densidad de población” y en segundo lugar, se aseguraría de que se lleve a cabo el proyecto, es decir, que efectivamente se termine de construir lo que prometen vender.
  4. ¿Cómo lo haría el Ayuntamiento? Bueno, puede exigir que se otorguen fianzas que garanticen que el proyecto inmobiliario se terminara debidamente, como también puede exigir que se otorguen fianzas para garantizar vicios y defectos ocultos que puedan salir una vez terminado.
  5. Igualmente puede mandar visitas de inspección regulares, para asegurarse de que el proyecto inmobiliario se está construyendo y se está comercializando tal y como se aprobó, clausurando aquellos que estén violando las autorizaciones correspondientes.
  6. Finalmente, el Gobierno del Estado puede autorizar la Ley que está impulsando la AMPI o una similar, para que solamente puedan comercializarse desarrollos inmobiliarios por personas que cuentan con la licencia estatal y/o municipal correspondiente, la cual se expida una vez que demuestren que cuentan con los requisitos necesarios para hacerlo, tanto en conocimiento profesional como en honorabilidad y honestidad.  

Estos son solo unos apuntes, pero son suficientes para que los “servidores públicos” responsables de prevenir este tipo de cosas, se pongan las pilas y hagan bien su trabajo.

Si no se hace algo y rápido, la imagen de Mazatlán entre los extranjeros que son uno de los mercados naturales de los desarrollos inmobiliarios, seguirá siendo afectada y eso obviamente le pegara a las finanzas de los propios desarrolladores.

 

Por: David Cristóbal Álvarez Bernal, Socio Director de Bufete Álvarez y Asociados, S.C.

 

Columna En Tribunales, Periódico Noroeste, versión impresa, pág. 4-B. 09 jun 2011.

 

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