En los últimos años, con el boom inmobiliario, han surgido numerosos problemas para quienes compran terrenos, departamentos o casas. Algunos compradores enfrentan casos en los que adquirieron inmuebles en preventa que jamás fueron entregados; otros, aunque recibieron el bien, descubren defectos o que no cumple con lo prometido en la publicidad.
Publicidad engañosa en preventas
¿Compró una casa o departamento esperando algo que no corresponde ni a la mitad de lo que le entregaron?
Es una práctica común: la empresa promete implícitamente entregar materiales de cierta calidad o aspecto —como una barra de cocina negra o closets de madera—, pero al final entrega algo distinto: una barra de otro color o habitaciones sin closets.
Lo mismo ocurre con las características del complejo: se publicitan gimnasios, muros verdes, balcones para todos los departamentos y acabados de lujo, pero la construcción final dista mucho de esa realidad.
La Ley Federal de Protección al Consumidor (LFPC) considera esto como publicidad engañosa, al inducir al consumidor a error o confusión mediante información inexacta, falsa, exagerada o tendenciosa.
En estos casos, el comprador puede demandar el cumplimiento forzoso del contrato, obligando al desarrollador a entregar el inmueble en los términos prometidos, incluyendo lo mostrado en la publicidad o renders.
Defectos en la construcción
Otro problema frecuente surge cuando, aun recibiendo el inmueble, éste presenta defectos como pisos mal colocados, filtraciones de agua o humedad.
Muchos vendedores establecen plazos reducidos de garantía, pero de acuerdo con la LFPC, usted cuenta con:
- Cinco años para reclamar por cuestiones estructurales.
- Tres años para problemas de impermeabilización.
- No menos de un año para los demás elementos del inmueble.
Durante todo el tiempo de la garantía, el vendedor debe realizar, sin costo, las reparaciones necesarias. Si los defectos persisten, el proveedor está obligado nuevamente a repararlos y, además:
- En defectos leves: otorgar una bonificación del 5% del valor de la reparación.
- En defectos graves: otorgar una bonificación del 20% sobre el precio del inmueble pactado en el contrato.
Se consideran defectos graves aquellos que afectan la estructura o instalaciones y comprometen el uso, seguridad o disfrute del bien.
Acciones colectivas en México
Si al menos treinta personas se encuentran en la misma situación, la ley permite presentar una demanda de acción colectiva. Esto posibilita que en un solo procedimiento se realice el mismo reclamo, generando ahorro de tiempo, costos y esfuerzo para todos los afectados.
Conclusión
Si usted se encuentra en alguno de estos escenarios, lo más recomendable es buscar asesoría legal especializada. Un abogado con experiencia en derecho inmobiliario puede guiarlo para exigir el cumplimiento del contrato, reclamar reparaciones o, en su caso, participar en una acción colectiva. Esa orientación temprana puede marcar la diferencia entre perder su inversión o lograr que se respeten sus derechos.
Kelsey V. Guardado Gutiérrez
Asociada Sr. en Bufete Alvarez y Asociados
