La primera sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, acaba de resolver un asunto en el cual decidió que en materia mercantil, los jueces están obligados a estudiar, por ejemplo, si los intereses que se están cobrando en un pagaré, se consideran usura y, en caso de que así lo estimen, deberán reducirlos.
La sentencia de la Corte es importante ya que, ordena a los jueces que ese estudio se haga de oficio, es decir, sin que nadie se los haya solicitado, sin que siquiera se haya opuesto una defensa en ese sentido o, incluso, sin que se haya contestado la demanda.
Ahora, a partir de la sentencia de la Corte, todos los jueces del País estarán obligados a revisar en los juicios mercantiles, si los intereses que se reclaman son usureros y, de ser así, deberán reducirlos a una tasa razonable (la tasa legal es del 6 por ciento anual para las deudas mercantiles).
Ya antes la corte había decidido sobre la usura, pero en el caso anterior, tenía que ver con una deuda civil. Ahora estamos hablando de deudas mercantiles, como por ejemplo las contraídas con las tarjetas de crédito.
El caso que dio origen a la nueva sentencia de la Corte, se refiere a dos pagarés por 2 millones de pesos cada uno, con una tasa de interés del 10 por ciento mensual (120 por ciento anual nada más), que dieron origen a una demanda por 19 millones de pesos.
Es evidente que en el caso que resolvió la corte, los intereses fijados son abusivos y usureros. Lamentablemente esos intereses están muy cerca de lo que cobran la mayoría de las tarjetas de crédito, tanto las de los bancos como las que expiden algunas tiendas departamentales, así esta es una dura sentencia para ellos y, adivine: puede dar origen a una acción colectiva.
Como quiera que sea, la Corte acaba de darles «palo» (así se dice en el mundo de los abogados cuando alguien pierde un asunto) a los usureros, ya conoce usted este criterio así que, úselo cuando le convenga.
Por: David Cristóbal Álvarez Bernal.
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