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La Suprema Corte de Justicia de la Nación acaba de dictar una sentencia, de la que surgieron varios criterios (tesis), que establecen guías para poder demandar la reparación de los daños causados por negligencia médica en la prestación de los servicios de salud que  proporciona nuestro querido y nunca suficientemente condenado Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS).

Si tenemos la fortuna de no necesitar al IMSS y nos hemos escapado de sufrir por una negligencia de los médicos que trabajan para esa institución, estoy seguro de que por lo menos hemos escuchado una o dos historias de horror.

Desde pacientes que mueren, hasta pacientes que sufren la amputación de algunos de sus miembros o sufren graves daños a su salud, que los incapacitan permanentemente, todos hemos oído quejas de este tipo.

Por más que lo trate de ocultar el IMSS, lo malo es que son quejas verdaderas, es decir esas cosas realmente pasan con mayor frecuencia de la que debería.

Como le decía, la Corte acaba de resolver, en resumen, que los afectados por una negligencia médica tienen derecho a las acciones legales siguientes:

  1. Pueden demandar al IMSS la responsabilidad patrimonial correspondiente. Esto quiere decir que pueden reclamar tanto el pago de dinero por el daño físico y el daño moral (indemnizaciones en dinero), como el pago de todos aquellos gastos que sean necesarios para que el paciente afectado (en caso de que no haya fallecido obvio) reciba el tratamiento y atención médica que va a necesitar de por vida o hasta sanar.
  2. Pueden demandar penalmente al médico que incurrió en la negligencia.
  3. Además de que puede demandar al IMSS, también puede demandar al médico que cometió la negligencia en un juicio civil, exigiéndole el pago de los daños físicos y emocionales (daño moral) causados.
  4. Por último, puede presentar una queja administrativa para que el IMSS castigue al médico negligente, ya sea con una amonestación, multa, suspensión o despido.

 

Como vemos, las opciones legales son muchas y lo mejor es que puede utilizarlas todas, es decir, no porque haga uso de una, queda impedido para usar las demás.

Nuestra recomendación es que, ya que tiene cuatro opciones, las hagan valer todas, pues sólo de esa forma empezará a llegar el mensaje al IMSS de que tolerar conductas de negligencia médica le va a salir caro y, a los malos médicos también les llegara el mensaje de que, no sólo pueden perder su trabajo, pueden terminar en la cárcel y arruinados.

Si tiene cualquier comentario relacionado con este artículo, no dude en ponerse en contacto con nosotros, solo envíenos un correo electrónico a: entribunales@bufetealvarez.com y con gusto lo atenderemos.

Los invitamos a seguirnos  a través de twitter: @bufetealvarez y en el programa “En Tribunales”, que se transmite todos los lunes de 4:30 a 5:00 pm por el 90.5 FM  Radio Cultura o www.radiocultura.org.mx o visite nuestra página web: www.bufetealvarez.com o la de Acciones Colectivas de Sinaloa, A.C: www.acsinaloa.com.

DAVID CRISTÓBAL ÁLVAREZ BERNAL.
Socio Director de Bufete Álvarez y Asociados, S.C. y Presidente del Consejo Directivo de Acciones Colectivas de Sinaloa, A.C.

–ACTUALIZACIÓN–
En vista que hay mucho interés en este tema, la asociación civil Acciones Colectivas de Sinaloa logró que se certificara una acción colectiva para garantizar calidad en el servicio que presta el IMSS. Si desea unirse gratuitamente a esta demanda colectiva que tendrá beneficio para millones de derechohabientes de esta institución, visite la siguiente liga: http://acsinaloa.com/portal/acs-vs-imss/

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