bufete alvarez logo 200bufete alvarez logo 200bufete alvarez logo 200bufete alvarez logo 200
  • English
✕

El año pasado hicimos en este espacio algunos comentarios sobre los problemas generados por el cobro del impuesto Predial, y dimos algunas alternativas legales que pueden ser utilizadas por los afectados para solucionarlos.

Por lo menos en la mayoría de los casos que representamos en nuestro despacho, los incrementos en el impuesto predial del año pasado eran ilegales, no por culpa del Ayuntamiento, sino por culpa del Instituto Catastral del Estado de Sinaloa, que aumentó superficies supuestamente construidas en los inmuebles y, en el caso de algunos condominios, aumentó incluso la superficie de terreno, sumando a la propiedad individual de cada condominio, la que según catastro le corresponde de las áreas comunes, sin importarle que ambas propiedades (la privada y las áreas comunes), son completamente distintas, los sujetos obligados al pago del Predial son totalmente distintos y las claves catastrales son totalmente diferentes.

Ahora leemos en la prensa, que de nuevo se cometen errores que debieron de haber sido corregidos desde el año pasado, pero que lamentablemente no se resolvieron y, en algunos casos el contribuyente que presentó su recurso ante el Instituto Catastral tuvo que llegar hasta el amparo para obligarlo a que lo resolviera.

Burocracia natural aparte, de nada sirve facilitar las solicitudes para que se corrijan los errores cometidos por el Instituto Catastral, si no se resuelven oportunamente. Si de verdad quieren resolver el problema, no basta recibir las solicitudes, sino que se deben de resolver rápida y eficazmente y, por supuesto, con el menor costo y molestia para los contribuyentes.

Para empezar, se debe fincar responsabilidad (multas, amonestaciones o despidos) a los servidores públicos ineptos que volvieron a cometer los mismos errores, para que aprendan que los ciudadanos ya están hartos y ahora sí les va a pasar algo por hacer mal su «chamba». Hay herramientas legales suficientes para que cualquier ciudadano pueda hacerlo, solo bastan dos cosas: que se anime y que se asesore de un buen abogado.

Por otro lado, la otra alternativa que sugeríamos desde el año pasado, consiste en simplemente ampararse contra el pago del impuesto Predial. Esta opción legal no tiene nada que ver con que se corrijan los errores cometidos en Catastro, sino que con el amparo, lo que se busca es que se declare que el cobro del impuesto Predial es inconstitucional.

Si usted gana el procedimiento administrativo que se inicia con la solicitud para que se corrijan los errores cometidos en Catastro, los efectos serán que pagará el Predial con la superficie de terreno y la superficie de construcción reales. Pero si gana el amparo contra el impuesto Predial, los efectos serán más atractivos pues o no pagará nada o pagará la tarifa más baja, ahorrándose en promedio hasta el 70 por ciento de lo que pretendían cobrar. Déjeme decirle que, sin ánimo de incitarlo a que no pague el Predial, por lo menos en el caso de los amparos defendidos por nuestro despacho, la tasa de éxito desde el 2008, ha sido del 100 por ciento ¿nada mal verdad?

Ahí tiene usted dos opciones legales. Puede defenderse en la vía que quiera o utilizar las dos, pero el chiste es que se defienda. No se deje, hay que pagar impuestos, pero sólo hay que pagar lo correcto y siempre y cuando sean constitucionales.

Si tiene cualquier comentario relacionado con este artículo, no dude en ponerse en contacto con nosotros, solo envíenos un correo electrónico a la dirección de correo: entribunales@bufetealvarez.com y con gusto lo atenderemos.

Los invitamos a seguirnos a través de twitter: @bufetealvarez y en el programa «En Tribunales», que se transmite todos los lunes de 4:30 a 5:00 pm por el 90.5 FM Radio Cultura o www.radiocultura.org.mx o visite nuestra página web: www.bufetealvarez.com o la de Acciones Colectivas de Sinaloa, A.C: www.acsinaloa.com.

Socio Director de Bufete Álvarez y Asociados, S.C. y Presidente del Consejo Directivo de Acciones Colectivas de Sinaloa, A.C.

Compartir
0

Relacionados

enero 3, 2021

Caso: La Gente vs CFE


Leer más
diciembre 2, 2020

Caso: La Gente vs Alianza


Leer más
agosto 4, 2017

Condena tribunal federal a mejorar servicio de transporte en Mazatlán


Leer más
Bufete Alvarez © 2022 · Aviso de Privacidad · Desarrollado por Minimal
    669 990 0770